miércoles, 12 de septiembre de 2007

Sobre la Ley de Montes

En León y su área cultural existe una institución de raíces singulares. Se trata de las juntas vecinales que, si bien también pueden encontrarse en otras zonas, aquí tienen un origen diferente.

Estas instituciones nacen en el Siglo XIX, después de la creación de los ayuntamientos, cuando se procedió a regularizar oficialmente unas instituciones gentilicias que existían muchos siglos antes en cada núcleo de población. Esa organización gentilicia se denominaba “concejo”.

El concejo era y aún es la reunión de vecinos para acordar cuestiones de la vida en común. Los concejos cuentan con propiedades, como la iglesia, el cementerio, montes, zonas de labor, molinos, fuentes, canales, y reglamentos. La propiedad de los concejos era privada y correspondía a todos los vecinos.

Se ha podido idealizar la función del concejo porque en él todos los miembros tenían voz y voto, o porque fueron capaces de defender las propiedades del común. Los concejos también tenían su problemática interna, pero la conclusión final es que, en conjunto, funcionaron bien durante siglos. El concejo puso en valor muchos recursos y actuó como factor de solidaridad, además de mantener un orden social envidiable.

La relación entre los concejos y el resto de instituciones ha devenido en un ataque continuo para socavar su autoridad y expropiar sus recursos. Primero se impusieron las “juntas vecinales”, una institución inventada desde el poder central que se superpuso a los concejos pretendiendo igualarlos con otros sistemas de gobierno local. Las juntas vecinales asumieron los bienes del común, privados, y los convirtieron en públicos.

Después llegó la iglesia, que intentó adueñarse de los templos. En Laguna de Negrillos se vive el último capítulo de este expolio. Más tarde los ayuntamientos cargaron contra los incómodos concejos y juntas vecinales para eliminar obstáculos a su gestión y apoderarse de sus propiedades. El caso del municipio de Boñar es uno de los más ilustrativos.

El último capítulo es el de la Ley de Montes que la Junta quiere aprobar. En esa ley se pretende privar del poder de decisión a la junta vecinal sobre uno de sus bienes más valioso: el monte. Si pierden la autoridad sobre los propios bienes, prontamente las juntas vecinales serán consideradas inútiles. Si esta ley se aprueba es cuestión de tiempo que la Junta usurpe o “enajene” las propiedades; bienes privados en origen, fruto del esfuerzo colectivo del pueblo.

León no necesita esa ley de montes, sino una política de apoyo a los concejos, a los pueblos y, subsidiariamente, a las juntas vecinales. Los concejos son un hecho diferencial leonés de primer orden, que afecta a un patrimonio de cientos de miles de millones de euros. En conclusión, tras esta ley se oculta un paso más en el expolio de León.

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